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El Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción se suma a la larga lista de municipios españoles que se blindan a la contaminación acústica de la actividad comercial bajo la denominación de ‘Vending'

Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción

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El Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción se suma a la larga lista de municipios españoles que se blindan a la contaminación acústica de la actividad comercial bajo la denominación de ‘Vending'

El Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción se suma a la larga lista de municipios españoles que se blindan a la contaminación acústica de la actividad comercial bajo la denominación de ‘Vending'.

El Ayuntamiento de Villanueva de la Concepción aprobó definitivamente en el pleno ordinaro del día 7 de octubre (con 5 votos a favor de PSOE, una abstención, y una ausencia, y 4 en contra, los 3 del PP y 1 PMP) la ordenanza municipal reguladora de la contaminación acústica de las actividades denominadas ‘Vending 24 horas’, uniéndose así a los municipios españoles en los que, dadas la circunstancias con la problemática causada en cuanto a contaminación acústica por este tipo de actividades, regulan los horarios de ellas, municipios como Lloret de Mar, Tolosa, Trujillo, Viñeros, Torremayor, Villena, Navalcarnero, Medina Sidonia, Torrelodones, Ciudad Rodrigo, Rincón de la Victoria, y también grandes ciudades como Zaragoza, Badajoz, Toledo, Irún, Benidorm, Santander, Málaga, Valencia, Murcia, Vigo entre otras muchos.

Cabe explicar que, como consecuencia de la evolución tecnológica y de la implantación de nuevas formas de actividad comercial, se viene dando desde hace  años un método de venta directa y automática de productos alimenticios y bebidas que se ponen a disposición del consumidor mediante máquinas expendedoras. Están ubicadas en espacios de titularidad privada, permiten el acceso directo desde la vía pública a través  de puertas, ventanas, o cualquier otro hueco y, dado su automatismo, carecen de control o supervisión por el responsable de la actividad.

Su implantación  ha sido paulatina y a pequeña escala, lo que, junto a lo atípico de  la actividad, ha   propiciado su generalización sin que exista una regulación específica  ni a   nivel general ni en el ámbito de la mayor parte de  los municipios.

Sin embargo, la experiencia ha puesto de manifiesto la necesidad de regular en la medida de lo posible tales actividades, dado las perturbaciones, riesgos y molestias que en no pocas ocasiones llevan aparejados. Entre ellos, cabe destacar las   molestias y ruidos que se producen como consecuencia de su funcionamiento nocturno, y que, asociados al llamado fenómeno del «botellón», provocan la concentración de grupos de personas en sus inmediaciones, que perturban el descanso del vecindario.


Todo ello aconseja extender a esta actividad una regulación y limitaciones sobre el régimen de horarios y tipo de suelo en el que poder ubicarse. Esto último para evitar este tipo de contaminación acústica en cualquier punto del casco urbano o suelo residencial de nuestro municipio.

Tras más de 5 meses de tramitación, incluyendo casi un mes y medio de exposición pública -para evitar la indefensión de los posibles interesados-, no ha habido nadie (ni personas, ni partidos políticos, ni posibles interesados o perjudicados) que haya presentado propuestas o alternativas a la regulación presentada por el equipo de Gobierno con esta ordenanza.

Ordenanza con la que se persigue dar respuesta a una demanda y problemática social que se viene arrastrando desde hace varios años, y por la que ha habido bastantes quejas vecinales tanto formalmente, por escrito, como de forma verbal.

En cuanto al contenido relevante de la ordenanza aprobada, se establece que este tipo de actividad no se puede ejercer entre las 00:00 de la noche y las 7:00 de la mañana, indicando que esta limitación horaria desaparece si la actividad se ubica en suelo industrial. Por tanto, la norma no prohíbe la actividad sino que simplemente la regula en su horario y en el suelo donde puede ser ubicada, intentando garantizar y hacer más fácil la convivencia entre la propia actividad y el descanso de los vecinos.

 

#VillanuevadelaConcepción